Obras Menores

OBRAS MENORES: (Información de la sede electrónica)

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CATÁLOGO DE TRÁMITES

INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR 

Debe solicitar esta licencia de obras menores de reforma en general cuando realice:

-        Reformas en general que no afecten a estructura y que tampoco afecten a los elementos comunes del edificio e instalaciones generales del edificio.

-       Obras de restauración que no precisen consolidación o modificación de estructura, ni apertura de huecos si éstos se realizan en muros de carga.

-       Obras de acondicionamiento de viviendas o locales que modifiquen la distribución de los espacios interiores, pero sin afectar, alterar o incidir en elementos comunes, estructurales, instalaciones generales o en las condiciones de seguridad.

-       Obras en viviendas o locales que, reuniendo las características anteriores, tengan por objeto la supresión de barreras arquitectónicas, para convertir las viviendas o locales en accesibles o practicables, siempre que no afecten a estructura o a las condiciones de seguridad.

-       Obras exteriores que no afecten a estructura.

-       Cualesquiera otras obras de pequeña entidad no especificadas en los apartados anteriores, siempre que no supongan modificaciones arquitectónicas exteriores del edificio o modificaciones estructurales de los inmuebles, en cuyo caso tendrán carácter de obra mayor y necesitarán delo correspondiente proyecto.

Cuando las obras anteriormente descritas se realicen en locales debe tener en cuenta que:

1) Las obras que se pretendan destinar a una actividad comercial minorista, de servicios, o que se realice en oficinas que se encuentre incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2012 de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid, no están sujetas a la obtención de previa licencia y la habilitación para su ejecución se obtendrá con la presentación de la correspondiente Declaración Responsable de Actividad con ejecución de obras.

2) Si las obras se pretendieran destinar a cualquier otro tipo de actividad que no se encuentre incluida en el anexo de la Ley 2/2012 de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid (supuesto anterior), la solicitud de Licencia incluirá las obras y, en su caso, las instalaciones correspondientes que con posterioridad a la finalización de las obras se deberá solicitar la correspondiente Licencia de Primera Ocupación y/o Funcionamiento.

DOCUMENTACIÓN:

-        Impreso de solicitud en modelo oficial.

-        Liquidación de tasa por licencia urbanística por la legislación del suelo y ordenación urbana (Art. 7)

-        Plano de situación reflejando la zona de actuación.

-        En caso de la existencia de varios locales en el edificio, plano de ubicación del local dentro de la edificación.

-        Descripción suficiente de las características del acto de que se trate.

-        Presupuesto desglosado por partidas y a valores actuales de mercado, repercutiendo el coste de mano de obra y medios auxiliares.

-        Planos o croquis, a escala y acotados, de planta y/o sección y/o alzado que reflejen el estado actual o la zona exterior de actuación y, en su caso, el reformado tras la intervención que se pretenda, indicando superficies y materiales de acabado. (obras de pavimentación/instalaciones/ajardinamiento en espacios libres de parcela y redistribución de viviendas).

-        En el caso de obras en zonas exteriores (espacio libre de parcela, fachadas, cerramientos, etc.): Fotografías en color de la zona afectada por las obras y de su entorno.

-        En el caso de instalación andamios tubulares de más de 6,00 m de altura total o plataformas suspendidas o sobre mástil Dirección facultativa del montaje, utilización y desmontaje.